El presente artículo trata de explicar el modo en que desaparece la obligación de pagar un canon —pontazgo— por transitar a través del puente de acceso a la Villa de Ledesma. Este canon debe ser pagado al dueño del puente, el Conde de Ledesma. La abolición del régimen señorial transfom1a al puente de objeto de propiedad feudal a objeto de propiedad privada. A partir de aquí, se inicia un largo proceso entre el Conde y la Villa de Ledesma con el fin de declarar al puente propiedad pública y. en consecuencia, la extinción de la obligación de pagar el derecho de pontazgo. El proceso culmina con el pago de 14.000 pts. al Conde por el cambio de la naturaleza jurídica del puente.